En general, todos simpatizamos con la idea de principios morales. ¿Cómo podría haber una ética sin principios, tales como el “no matarás” o “no robarás”? El “particularismo” que defiende el filósofo Jonathan Dancy, sin embargo, nos advierte de los errores del “generalismo” o “principialismo”.
Intento elaborar y defender una concepción particularista de la moralidad o de la ética (…). Una concepción particularista es una en la cual uno ve poco o ningún papel a los principios morales (p.1)
Si yo comienzo con dos principios, o más bien formulaciones, “no mientas” y “salva vidas”, puede aparecer un caso donde uno de ellos ha de ceder. Pero de hecho lo que sucede es que yo hago más complejo uno de ellos para evitar el conflicto, y acabo quizá con “no mientas excepto para salvar vidas” y “salva vidas” –y todo va bien, al menos durante un tiempo-. El progreso moral, entonces, parece requerir cada vez más principios elaboradamente codificados, con cada uno que exprese que es imposible que se requiera de nosotros acciones prohibidas por otros principios. (p. 12)
Las excepciones, los casos dudosos, los dilemas éticos son los que nos hacen cuestionar una ética basada en principios. No están siempre tan claras las cosas como en el código de Hammurabi. O como en el caso de Kant, que afirmaba que uno no debe mentir ni siquiera para salvar la vida de una persona inocente que es perseguida por un criminal (el razonamiento de Kant puede parecer muy extravagante… pero tiene su solidez cuando reflexionamos que en una sociedad donde nadie mienta difícilmente va a haber asesinos…).
El enfoque de “codificación” –que podría llegar a convertirse en una mera casuística- nos ofrece un panorama de ideología moral más confuso que aquel al que estamos acostumbrados por los principios –también los del tipo “ideología de los Derechos Humanos”-. Esto afecta psicológicamente la actitud del ciudadano, ya que muchas veces –como en el caso de los Derechos Humanos- los principios morales se revisten de cierta aura de “lo sagrado”. Adherirse a principios sencillos, claros y rotundos parece tener más efecto emocional que el hacerlo a una compleja codificación.
Los particularistas es más probable que rompan sus promesas porque carecen de la motivación extra que proporciona la adherencia a un principio (p. 134)
Los principios pueden parecer inexactos… pero tienen un mayor poder para influenciar moralmente. Se proclaman de forma solemne, se supone que están basados en valores que cuentan con gran reconocimiento y que son fáciles de comprender. Todo ello conlleva a que motiven a su obediencia en mayor medida que cualquier mandato ético de otra naturaleza. Pensemos en cómo Esquilo plantea el conflicto en “Las Euménides”, obra en la cual las diosas de la venganza persiguen a Orestes que ha violado el principio sagrado de respeto y reverencia a su madre, al ajusticiarla por haber ella previamente asesinado a su marido (el padre de Orestes). En la obra, el dios Apolo modifica la ley general con un principio particularista, excepcional, que da la razón a Orestes, pese a que Orestes ha infringido el deber de lealtad y devoción a la madre (la lealtad a la madre, además, implica lealtad de sangre inequívoca… algo que nunca puede equipararse con la lealtad al padre, cuyo vínculo filial siempre será más equívoco). La excepción de Orestes se basa en una concepción de la virtud que va más allá de los principios: el juicio imparcial que condena la malevolencia, el egoísmo y el apasionamiento bajo cualquier circunstancia.
Quizá, por tanto, debería combinarse el particularismo con una ideología de la virtud: los hombres buenos hacen cosas buenas… y llegados a cada caso toman decisiones específicas, no limitadas a rígidos principios y siempre contando con que medios y fines deben basarse en criterios inequívocos de benevolencia.
De hecho, en los razonamientos del autor encontramos consideraciones muy valiosas al respecto, como es este caso:
Los particularistas pueden permitir principios intra-éticos como “uno siempre debería ser sensible a las necesidades de los otros” (p. 137)
Estos principios intra-éticos en realidad son marcadores conductuales en base a una consideración cultural de la virtud. Recordemos que las normas legales son medios para alcanzar un buen fin. ¿Y si medios y fin fueran la misma cosa? El castigo penal es un mal que se hace por un fin bueno. Pero hay moralistas y científicos sociales que consideran que una sociedad obtendría el mismo resultado –o mejor- renunciando al castigo penal y dedicando el mismo esfuerzo y la atención que se requiere en el sistema punitivo, no a dañar con un buen fin, sino a educar y asistir con benevolencia a todos los individuos (un bien que se hace por un fin bueno; y no un mal que se hace por un fin bueno). Unos “principios intra-éticos” de altruismo y benevolencia bien interiorizados en una cultura cohesionada podrían permitirnos prescindir de los principios morales… y del sistema legal mismo.
Por otra parte, el valor moral no es lo mismo que el principio moral. Podría organizarse, pues, un sistema social con una moralidad funcional y sin una organización legal.
Aprendemos reglas, sintácticas y semánticas, y sin estas reglas el lenguaje sería imposible –inaprendible, inhablable e ininterpretable. Lo mismo sucede con el valor [moral]. Sin el tipo correcto de regularidad, el valor del juicio no sería mejor que un acertijo y probablemente peor (p. 184)
Esto cuenta tanto para particularistas como para generalistas. La “regularidad” implica el marco de un sistema de corrección de infracciones. Los “valores” dan la pauta de corrección y ésta se activa con o sin principios morales, porque la idea de corrección implica una idea de armonía social para la cual los “principios” serían una estrategia posible más.
Así pues, el particularismo nos dirige hacia una guía de la autonomía moral, en la cual el individuo virtuoso (que se atiene a los valores morales) tiene que elegir mediante la lógica cuando se le presentan dilemas que amenazan la paz, benevolencia y armonía a la que aspira. El valor moral no sería una receta de enunciados, sino una organización sistémica del comportamiento moral que no tendría por qué basarse en principios. Con esto vemos que la “ética sin principios” se hace más ambiciosa y desborda el sistema legal.
Finalmente, también puede considerarse que la oposición particularismo/generalismo no elimina del todo los principios morales, sino que los racionaliza.
El particularismo debería permitir tener un suministro de principios morales, si bien estos nunca podrían ser completamente especificados y pueden tener que ser bastante complejos (p. 137)
Es decir, los principios morales, según este criterio serían más en el sentido de indicadores conductuales o marcos culturales (“ama a tu prójimo”)… más principios normativos muy específicos, tipo reglamento administrativo o códigos de seguridad vial. Podríamos tener un sistema legal mixto, por el estilo de una jurisprudencia que amparase una casuística a ciertos niveles (casos graves de dilema moral) y una reglamentación complementaria más compleja (a un nivel de toma de decisiones morales en cuestiones de menor gravedad).
Lectura de “Ethics without Principles” en Oxford University Press 2004; traducción de idea21
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